En la madrugada del 5 de septiembre, hora de Beijing (CEST), la UEFA anunció oficialmente las sanciones disciplinarias por el partido Olympique Lyonnais vs Fenerbahçe, en el que Guendouzi fue sancionado con 4 partidos, con 2 partidos suspendidos por 1 año, y Greenwood fue sancionado con 1 partido suspendido por 1 año.

Cargos contra el Fenerbahçe:
1. Encender fuegos artificiales y otros objetos, violando el Artículo 16, Párrafo 2, Subpárrafo c del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
2. Lanzar objetos, violando el Artículo 16, Párrafo 2, Subpárrafo b del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
3. Alteración del orden por parte de los espectadores en las gradas, violando el Artículo 16, Párrafo 2, Subpárrafo h del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
4. Violación de la conducta básica del equipo, violando el Artículo 11, Párrafo 1 y el Artículo 11, Párrafo 2, Subpárrafo b del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
5. Guendouzi violando la conducta deportiva básica, violando el Artículo 11, Párrafo 2, Subpárrafo b del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
6. Guendouzi insultando a jugadores en el campo y a otro personal presente, violando el Artículo 15, Párrafo 1, Subpárrafo a, Punto iv del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
7. Guendouzi provocando a la audiencia, violando el Artículo 15, Párrafo 1, Subpárrafo a, Punto vi del Reglamento Disciplinario de la UEFA.
Decisión de la sanción:
1. Fenerbahçe multado con 30.000 euros por encender y lanzar fuegos artificiales;
2. Fenerbahçe multado con 15.000 euros por alteración del orden por parte de los espectadores;
3. Fenerbahçe multado con 50.000 euros por violación de la conducta básica del equipo;
4. Jugador Guendouzi: multado con 50.000 euros, sancionado con 4 partidos de competición europea; con 2 partidos suspendidos por 1 año (a partir de la fecha de esta sanción, si no se producen infracciones disciplinarias similares durante el período de prueba, estos 2 partidos no se aplicarán);
5. Greenwood: multado con 30.000 euros, sancionado con 1 partido de competición europea; esta sanción de partido suspendida por 1 año.
Cargos contra el Olympique Lyonnais:
1. Encender fuegos artificiales y otros objetos, violando el Artículo 16, Párrafo 2, Subpárrafo c del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
2. Lanzar objetos, violando el Artículo 16, Párrafo 2, Subpárrafo b del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
3. Alteración del orden por parte de los espectadores en las gradas, violando el Artículo 16, Párrafo 2, Subpárrafo h del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
4. Violación de la conducta básica del equipo, violando el Artículo 11, Párrafo 1 y el Artículo 11, Párrafo 2, Subpárrafo b del Reglamento Disciplinario de la UEFA;
5. El entrenador de porteros Antonio Ferreira cometió un comportamiento agresivo grave, violando el Artículo 15, Párrafo 1, Subpárrafo g del Reglamento Disciplinario de la UEFA.
Decisión de la sanción:
1. Olympique Lyonnais multado con 48.000 euros por lanzar objetos;
2. Olympique Lyonnais multado con 5.500 euros por encender fuegos artificiales;
3. Olympique Lyonnais multado con 5.000 euros por alteración del orden por parte de los espectadores;
4. Olympique Lyonnais multado con 50.000 euros por violación de la conducta básica del equipo;
5. Entrenador de porteros Antonio Ferreira: sancionado con 5 partidos de competición europea desde el banquillo; con 2 partidos suspendidos por 1 año.
Traducido por IA.
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